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DESDE 01/09/10 HASTA 15/09/10

Exposición. I concuso fotográfico "Tres Cantos, mi ciudad"

En la sala Gutiérrez Montiel. Entrada gratuita. Organizado...

Viernes, 10 de septiembre

E.D.M. - Fin de plazo solicitud de inscripciones y pruebas de nivel de natación

El día 10 de Septiembre finaliza el plazo de solicitud de...

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Exposición: Formas y colores de la música

En la Sala Van Drell. Exposición perteneciente a la RED ITINER de...

Jueves, 16 de septiembre

E.D.M. - Inicio de la temporada deportiva 2010/11

COMIENZO DE LAS ESCUELAS DEPORTIVAS MUNICIPALES 2010/2011

DESDE 17/09/10 HASTA 26/09/10

Exposición: Evangelina Martín y Asociación de Artesanos de Tres Cantos

Sala Gutiérrez Montiel. Entrada gratuita Evangelina...

DESDE 17/09/10 HASTA 02/10/10

Exposición: El camino a Santiago de Madrid

En el vestíbulo de la Casa de la Cultura. Organizado por la...

Viernes, 17 de septiembre

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Después de casarse

Indice

Inscripción del matrimonio en el Registro Civil

La inscripción hace fe del acto del matrimonio y de la fecha, hora y lugar en que se contrae. Es el medio de prueba de que el matrimonio se ha realizado, siendo ésta el título que legitima el estado civil de casado.

El matrimonio desde su celebración produce efectos civiles, y para el pleno reconocimiento de los mismos será necesaria su inscripción en el Registro Civil.

Matrimonio Civil

El Concejal ante quien se celebre el matrimonio extenderá, la inscripción o el acta correspondiente con su firma y la de los contrayentes y testigos.

El acta de matrimonio será remitida en el plazo de un mes al Registro Civil del lugar en que se celebró el matrimonio, siendo el Registro Civil quien realiza la inscripción y extiende el Libro de Familia. En el caso de Tres Cantos, los contrayentes serán los responsables de entregar el acta de matrimonio en el Registro Civil. En caso de acordar un régimen económico distinto al de gananciales, los contrayentes deberán llevar al Registro Civil las capitulaciones matrimoniales acordadas.

Matrimonio Católico

La inscripción del matrimonio católico se practicará con la simple presentación de la certificación de la Iglesia en el Registro civil, quien realiza la inscripción y extiende el Libro de Familia.

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Obtención del Libro de Familia

El libro de familia certifica el matrimonio, el régimen económico de los cónyuges, el nacimiento de los hijos comunes y de los adoptados conjuntamente por ambos contrayentes, la defunción de los esposos y la nulidad, divorcio o separación del matrimonio.

Cuando los contrayentes presentan el acta de matrimonio en el Registro Civil, el responsable de su gestión realizará la inscripción principal e indicará a la pareja el plazo estimado para la tramitación del Libro de Familia y su posterior entrega.

En caso de pérdida o deterioro se puede obtener del mismo Registro Civil un duplicado en el que extenderá las certificaciones oportunas. En este documento se expresará que se expide en sustitución al primitivo.

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